Articulo 81 Residuos de Madrid -Derogada-
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»Artículo 81. Vía de apremio.
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El importe de las sanciones, de las multas coercitivas, de los gastos por la ejecución subsidiaria de las actividades de restauración del medio ambiente y las responsabilidades por los daños y perjuicios causados podrán ser exigidos por la vía de apremio.
