Articulo 8123 DLeg 3/20...s públicos

Articulo 8123 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos

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Artículo 8.12-3. Exenciones.

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Quedan exentos del pago de la tasa los departamentos de la Administración de la Generalidad y los entes que integran la Administración local de Cataluña, así como los organismos autónomos administrativos y las fundaciones del sector público de cada una de estas administraciones públicas, y también las entidades sin ánimo de lucro si el acto o la actividad que debe llevarse a cabo tiene fines sociales o de interés general.