Articulo 815 Código civil

Articulo 815 Código civil

Ver Indice
»

Artículo 815

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El heredero forzoso a quien el testador haya dejado por cualquier título menos de la legítima que le corresponda, podrá pedir el complemento de la misma.