Articulo 82 Decreto68/200...lesBalears

Articulo 82 Decreto68/2008de6dejunioporelqueseregulanlasayudasparafavorecerelaccesoalaviviendaenelmarcodelPlanestrategicodeVivienda2008-2011delesIllesBalears

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Artículo 82. Actuaciones de carácter preferente.

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Se consideran actuaciones de carácter preferente las actuaciones dirigidas a la supresión de la infravivienda acompañadas de programas integrados de desarrollo social y económico en el ámbito del área así como las actuaciones que incorporen viviendas protegidas para arrendar en los incrementos de edificabilidad que se pudiesen producir.