Articulo 82 Juego y prevención de la ludopatía
Ver Indice
»Artículo 82. Cuota íntegra
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La cuota íntegra se obtiene aplicando sobre la base imponible el tipo de gravamen porcentual que corresponda:
a) El 20 por ciento, con carácter general.
b) El 1,50%, en las apuestas deportivas tradicionales cuya base sea el deporte de la «pilota valenciana», siempre que se hagan en los recintos donde se practica el correspondiente acontecimiento deportivo autóctono.
