Articulo 82 Ley de la Jur...nistrativa

Articulo 82 Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativa

Ver Indice
»

Artículo 82.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El recurso de apelación podrá interponerse por quienes, según esta Ley, se hallen legitimados como parte demandante o demandada.