Articulo 82 Modificación ...o interior

Articulo 82 Modificación de diversas leyes de Euskadi para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior

Ver Indice
»

Artículo octogésimo segundo.-

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Se da una nueva redacción a la disposición final segunda de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, que queda redactada en los siguientes términos:

«Se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar las disposiciones de aplicación y desarrollo que fueran precisas para el cumplimiento de esta ley, y, en concreto, para hacer efectivo lo dispuesto en el artículo 39 en relación con el contenido de los Capítulos II y III del Título III. El Consejo de Gobierno podrá modificar mediante decreto los listados de actividades, proyectos, planes y programas contenidos en los anexos de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco».