Articulo 82 ORDENde16demayode2013,delaConsejeradeEducación,Universidad,CulturayDeporte,porlaqueseestablecenlasbasesreguladorasparalaconcesióndesubvencionesenmateriadedeporte.
Ver Indice
»Artículo 82. Gastos subvencionables.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Para estas ayudas se consideran gastos subvencionables, además de los que pudiere recoger la correspondiente convocatoria, los siguientes.
a) El transporte.
b) Alojamiento.
c) Manutención.
d) Forfait, en el supuesto de campañas de esquí.
e) Cursillos, incluido profesorado.
f) Otros gastos necesarios para el desarrollo de la actividad.
