Articulo 82 Protección y ...de Navarra

Articulo 82 Protección y desarrollo del Patrimonio Forestal de Navarra

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Artículo 82.

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En la imposición de sanciones se deberá guardar la debida adecuación entre la gravedad del hecho constitutivo de la infracción y la sanción aplicada, considerando especialmente los siguientes criterios para la graduación de la sanción a aplicar:

a) La intencionalidad.

b) La reincidencia.

c) El beneficio económico o contenido lucrativo obtenido por el infractor.

d) La posibilidad de reparación de la realidad física alterada.