Articulo 82 Reglamento de la Ley 5/2012, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria
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»Artículo 82.- Mecanismos de control interno y participación.
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1.- Las EPSV afectadas por el presente Reglamento garantizarán una adecuada organización administrativa y contable.
2.- Asimismo, dispondrán de procedimientos de control interno referidos a su organización y operativa, que velarán por el buen funcionamiento del personal que trabaja para la Entidad y por la actuación de las EPSV hacia sus socias o socios ordinarios y personas beneficiarias en materias referidas a las mismas como las relativas a la información o a la participación.
3.- Dispondrán igualmente de procedimientos escritos para la gestión de los riesgos de las inversiones.
