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Articulo 82 Servicios sociales de Navarra

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Artículo 82. Plan de calidad.

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1. El Gobierno de Navarra aprobará planes de calidad para los servicios sociales de la Comunidad Foral de Navarra, como instrumento básico para asegurar el desarrollo y la aplicación de los procesos de calidad.

2. Cada plan tendrá una vigencia de cuatro años, aunque deberá ser modificado periódicamente en función de la evaluación sistemática de sus objetivos y del seguimiento de su aplicación.

3. Los planes de calidad deberán contemplar, como mínimo, los siguientes aspectos:

a) La definición de los objetivos de calidad a lograr.

b) Los instrumentos y sistemas de mejora generales y sectoriales.

c) Los estudios de opinión de los usuarios y de sus familias.

d) La perspectiva de género en la gestión, la organización y la prestación de servicios.