Articulo 82 TR de la Ley ...-Derogado-

Articulo 82 TR. de la Ley de Hacienda de Aragón -Derogado-

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Artículo 82.

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1. Las cuentas y la documentación que deban rendirse a las Cortes de Aragón y al Tribunal de Cuentas se formarán y cerrarán anualmente.

2. La Intervención General determinará los periodos de formación y cierre de las cuentas parciales.