Articulo 829 Ley de Enjui...o Criminal

Articulo 829 Ley de Enjuiciamiento Criminal

Ver Indice
»

Artículo 829

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El Juez o Tribunal que conociere de la causa acordará de oficio o a instancia de parte, en resolución fundada, pedir la extradición desde el momento en que, por el estado del proceso y por su resultado, sea procedente con arreglo a cualquiera de los números de los artículos 826 y 827.