Articulo 83 Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, Navarra, Actividades con Incidencia Ambiental
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»Artículo 83. Potestad sancionadora.
Vigente
La potestad para imponer sanciones corresponderá al órgano sustantivo en quien recaiga la competencia de autorización de los proyectos.

