Articulo 83 Medidas 2001 Fiscales, Administrativas y del Orden Social
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»Artículo 83. Ayuda estatal directa para el primer acceso a la vivienda en propiedad.
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Las ayudas estatales directas a la entrada (AEDE) , incluidas en el ámbito de los planes estatales de vivienda para el acceso por primera vez a la vivienda en propiedad, percibidas por los beneficiarios mediante pago único, a través de las entidades de crédito colaboradoras, podrán ser reintegradas por el Estado a dichas entidades, en un período máximo de 5 años. El tipo de interés aplicable a estos efectos, será el vigente en cada momento para los convenios entre el Ministerio de Fomento y las entidades de crédito para la financiación de las actuaciones protegidas del correspondiente Plan de Vivienda.
