Articulo 83 Medidas Fiscales, de Gestion Financiera y Administrativa, y de Organizacion de la Generalitat
Ver Indice
»Artículo 83.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se adiciona un nuevo apartado Séptimo al artículo 70 de la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de La Generalitat, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización, con el siguiente tenor:
Séptimo. En los puertos de La Generalitat donde exista Cofradía de Pescadores, si éstas solicitan la concesión para la explotación de un surtidor exclusivamente para suministro de combustible a las embarcaciones de pesca, se les podrá adjudicar directamente la concesión, previo pago de las tasas y con sujeción a las condiciones de explotación que corresponda.
