Articulo 83 Reglamento General Presupuestario, de desarrollo del TR. de la Norma Foral General Presupuestaria
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»Artículo 83. -Cuenta de las entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles y fundaciones forales.
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1. La Cuenta de cada entidad pública empresarial, sociedad mercantil y fundación foral se formará con sus cuentas anuales.
2. El departamento de Hacienda y Finanzas podrá incorporar cualquier otra documentación que estime necesaria, para una mejor comprensión de las Cuentas de los entes del sector público empresarial.
