Articulo 83 Reglamento del IRPF estatal -Derogado-
Artículo 83. Cuota de retención.
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(DEROGADO)
1. Con carácter general, la cuota de retención se obtendrá aplicando a la base para calcular el tipo de retención, siempre que ésta sea positiva, los porcentajes que se indican en la siguiente escala:
| Base para calcular el tipo de retención - Hasta euros | Cuota de retención - Euros | Resto base para calcular el tipo de retención - Hasta euros | Tipo aplicable - Porcentaje | |
| 0,00 | 0,00 | 4.161,60 | 15» | |
| 4.161,60 | 624,24 | 10.195,92 | 24» | |
| 14.357,52 | 3.071,26 | 12.484,80 | 28» | |
| 26.842,32 | 6.567,00 | 19.975,68 | 37» | |
| 46.818,00 | 13.958,00 | En adelante | 45» |
3. Cuando el contribuyente obtenga una cuantía total de retribución, a la que se refiere el artículo 82.2 de este Reglamento, no superior a 22.000 euros anuales, la cuota de retención, calculada de acuerdo con lo previsto en los apartados anteriores, tendrá como límite máximo la menor de las dos siguientes cuantías:
a) El resultado de aplicar el porcentaje del 35 por ciento a la diferencia positiva entre el importe de esa cuantía y el que corresponda, según su situación, de los mínimos excluidos de retención previstos en el artículo 79 de este Reglamento.
b) Cuando se produzcan regularizaciones, el resultado de aplicar el porcentaje del 45 por ciento sobre la cuantía total de las retribuciones que se satisfagan hasta final de año.
4. El límite del 45 por ciento anterior se aplicará a cualquier contribuyente.
- Modificación realizada por REAL DECRETO 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.
(BOE de 31-03-2007) en vigor desde 01-04-2007 - Modificación realizada por REAL DECRETO 1609/2005, de 30 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas, aprobado por el Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio, en materia de salario medio anual del conjunto de contribuyentes y de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo.
(BOE de 31-12-2005) en vigor desde 01-01-2006 - Artículo modificado por REAL DECRETO 2347/2004, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas, aprobado por el Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio, en materia de salario medio anual del conjunto de contribuyentes y de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo.
(BOE de 24-12-2004) en vigor desde 01-01-2005
