Articulo 84 Decreto68/200...lesBalears

Articulo 84 Decreto68/2008de6dejunioporelqueseregulanlasayudasparafavorecerelaccesoalaviviendaenelmarcodelPlanestrategicodeVivienda2008-2011delesIllesBalears

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Artículo 84. Promotores.

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Pueden ser promotores las administraciones públicas, ayuntamientos, sociedades públicas de viviendas y suelo y organismos públicos creados al efecto, sin perjuicio de posibles conciertos con la iniciativa privada siempre que el control financiero y de gestión sea del ente público.