Articulo 84 Impuesto sobre Sociedades -ISTHA-
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»Artículo 84. Responsabilidades tributarias derivadas de la aplicación del régimen de consolidación fiscal.
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(NOTA: Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2015)
Las entidades del grupo fiscal responderán solidariamente del pago de la deuda tributaria, excluidas las sanciones.
Modificaciones
- Artículo modificado (84) por Norma Foral 19/2016, de 23 de diciembre, de modificación de diversas normas forales que integran el sistema tributario de Álava
(Boletín Oficial de Alava de 30-12-2016) en vigor desde 31-12-2016
