Articulo 84 Impuesto sobre Sociedades -ISTHG-
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»Artículo 84. Responsabilidades tributarias derivadas de la aplicación del régimen de consolidación fiscal.
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(NOTA: Efectos para los períodos impositivos iniciados a partir de enero de 2015)
Las entidades del grupo fiscal responderán solidariamente del pago de la deuda tributaria, excluidas las sanciones.
Modificaciones
- Artículo modificado (84) por DECRETO FORAL-NORMA 2/2015, de 20 de octubre, por el que se modifican el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de no Residentes y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
(SS de 27-10-2015) en vigor desde 27-10-2015
