Articulo 84 Medidas Fiscales y Administrativas en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios
Articulo 84 Medidas Fisca...os Propios

Articulo 84 Medidas Fiscales y Administrativas en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios

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Artículo 84. Hecho imponible.

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Constituyen el hecho imponible de la tasa la prestación, por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de los servicios comprendidos en el ámbito de la Ley de Cortes de Aragón 4/1999, de 25 de marzo, de Ordenación Farmacéutica para Aragón, y que se corresponden con los incluidos en las tarifas señaladas en el artículo 87.

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  • Texto Original. Publicado el 31-12-2005 en vigor desde 01-01-2006