Articulo 84 ORDENde16demayode2013,delaConsejeradeEducación,Universidad,CulturayDeporte,porlaqueseestablecenlasbasesreguladorasparalaconcesióndesubvencionesenmateriadedeporte.
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»Artículo 84. Criterios de cuantificación de las ayudas.
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Los criterios de valoración para cuantificar las ayudas son los siguientes.
a) El coste total del proyecto.
b) Número de alumnos participantes estimados.
c) Para la campaña de actividades deportivas en el medio natural, además el número y carácter de las actividades a realizar.
Tendrán preferencia a la concesión de la ayuda los Centros educativos que recojan este tipo de actividades en la Programación General Anual.
En caso de no ser posible atender la totalidad de solicitudes se atenderán preferentemente en función de la distancia a la estación de esquí más próxima, las solicitudes tramitadas por aquellas entidades o centros escolares más alejados de la misma.
