Articulo 84 Policía de Galicia

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Artículo 84. Faltas leves.

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Son faltas leves:

  1. El retraso o negligencia en el cumplimiento de las funciones y órdenes recibidas o la falta de interés en la instrucción o preparación personal para desempeñarlas.

  2. La incorrección con los ciudadanos, con otros miembros de la Policía de Galicia o con los miembros de otras fuerzas y cuerpos de seguridad, siempre que no merezca una calificación más grave.

  3. La inasistencia al servicio que no constituya falta de mayor gravedad y el incumplimiento de la jornada de trabajo, así como las reiteradas faltas de puntualidad.

  4. El mal uso o el descuido en la conservación de los locales, material o demás elementos de los servicios, así como el incumplimiento de las normas dadas en esta materia, cuando no constituya falta más grave.

  5. Prescindir del conducto reglamentario para formular cualquier solicitud, reclamación o queja en las relaciones de servicio, así como no tramitar las peticiones o reclamaciones formuladas en debida forma.

  6. El descuido en el aseo personal y el incumplimiento de las normas de uniformidad, siempre que no constituya falta más grave.

  7. El extravío, la pérdida o la sustracción de los distintivos y credenciales de identificación, siempre que concurra negligencia grave.

  8. La ausencia injustificada de cualquier servicio, cuando no merezca calificación más grave.

  9. La omisión intencionada del deber de saludo, la no devolución del mismo o el incumplimiento, de cualquier otro modo, de las normas que lo regulan.

  10. Cualquier clase de juego que se lleve a cabo en las dependencias policiales, siempre que perjudique la prestación del servicio o menoscabe la imagen policial.

  11. La exhibición u ostentación del arma reglamentaria, de los distintivos y credenciales del cargo o de la condición de agente de la autoridad sin causa que lo justifique.

  12. Las acciones u omisiones tipificadas como faltas graves y que, de acuerdo con los criterios que se establecen en el artículo 85 de la presente Ley, merezcan la calificación de falta leve.