Articulo 84 Procesos de control de dopaje y laboratorios de análisis autorizados
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»Artículo 84. Material de recogida de muestras.
Vigente
El material para la recogida de muestras deberá reunir los requisitos que se determinen por Orden de Ministerio de la Presidencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-05-2009 en vigor desde 28-05-2009