Articulo 84 Reglamento ge...e Cataluña

Articulo 84 Reglamento general de carreteras de Cataluña

Ver Indice
»

Artículo 84. Obras de consolidación.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Entre el límite de la zona de dominio público y la línea de edificación no se pueden autorizar obras de consolidación de edificaciones e instalaciones existentes que impliquen aumento de volumen de la edificación existente. Sólo se pueden autorizar obras de conservación y mantenimiento que no impliquen reconstrucción o mejora y, en el caso de cambio de uso, sean compatibles con el ordenamiento urbanístico vigente. El incremento de valor que estas obras conlleven no puede ser tenido en cuenta a efectos expropiatorios.