Articulo 84 Reglamento de Recaudación del THB
Ver Indice
»Artículo 84. Notificación de la adjudicación.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Finalizado el procedimiento de enajenación, se notificará a las personas adjudicatarias el acta de adjudicación a efectos del cumplimiento de las obligaciones tributarias derivadas de la adquisición, haciendo constar, en su caso, la opción de adjudicación preferente de la Administración foral.
