Articulo 840 Ley de Enjui...o Criminal

Articulo 840 Ley de Enjuiciamiento Criminal

Ver Indice
»

Artículo 840

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Si la causa estuviere en sumario, se continuará hasta que se declare terminado por el Juez o Tribunal competente, suspendiéndose después su curso y archivándose los autos y las piezas de convicción que pudieren conservarse y no fueren de un tercero irresponsable.