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Articulo 85 Administración digital de Cataluña

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Artículo 85. Otros colectivos obligados a relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Generalidad

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1. Las personas que participan en convocatorias de procesos selectivos para el acceso a cuerpos o escalas y/o categorías laborales de la Administración de la Generalidad deben realizar por medios electrónicos todos los trámites relacionados con el proceso selectivo, de acuerdo con lo que establezcan las convocatorias respectivas.

2. Todos los trámites y gestiones relacionados con las bolsas de trabajo de personal temporal de cualquier ámbito de la Administración de la Generalidad deben realizarse por medios electrónicos.