Articulo 85 por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León
- Norma vigente hasta el 25 de septiembre de 2025. - DECRETO 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León.
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»Artículo 85.
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1. Las actuaciones de conservación derivadas de la existencia en el monte de Reservas Naturales, hábitats protegidos o cualquiera otra figura de protección, deberán evaluarse económicamente como rentas en productos no percibidas.
2. Se incluirá una relación sencilla de los beneficios indirectos o externalidades positivas que genera el monte o grupo de montes: Situación del mismo en la cabecera de la cuenca de recepción de un embalse, fijación de dunas continentales, etc.
