Articulo 85 Medidas ante el reto demográfico y territorial
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Artículo 85. Apoyo al patrimonio cultural.

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1. La Junta de Extremadura desarrollará programas de rehabilitación de bienes integrantes del patrimonio histórico.

2. Las Administraciones Públicas de Extremadura colaborarán en la conservación del patrimonio documental y el reforzamiento del sistema archivístico.

3. La promoción y protección del patrimonio inmaterial, en todas sus manifestaciones, formará parte de las políticas de desarrollo cultural de la administración autonómica.

4. La Junta de Extremadura promocionará y apoyará el sistema bibliotecario de Extremadura, posibilitando la total implantación de la red de bibliotecas municipales y garantizando la igualdad en el acceso de los ciudadanos a los catálogos y servicios bibliotecarios. Asimismo, se continuará la política cultural basada en el fomento de la lectura, mediante el desarrollo de programas de actividades que dinamicen la lectura, especialmente en las zonas rurales.

5. La Junta de Extremadura coordinará, junto con el resto de administraciones públicas, las ejecuciones de cuantas actuaciones fuesen necesarias para garantizar la accesibilidad universal al patrimonio artístico y cultural de la región, especialmente de las zonas rurales, siempre que no se vean comprometidos los valores patrimoniales, culturales o artísticos inherentes al bien sobre el que se actúa. Para ello, entre otras medidas, supervisará el correcto mantenimiento, conservación y custodia de los bienes de interés cultural de titularidad privada.

6. La Junta de Extremadura colaborará con las administraciones locales en la tarea de dinamizar, gestionar y movilizar el ámbito cultural, cofinanciando la contratación de gestores culturales e incentivando ese ámbito a través de la colaboración con asociaciones culturales de diferente implantación, que fomenten el conocimiento y valoración de los rasgos patrimoniales y su memoria compartida, poniendo en valor los rasgos culturales del territorio y conexionándolos con la realidad europea.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-03-2022 en vigor desde 22-03-2022