Articulo 85 Organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico
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»Artículo 85. Aplicación de la legislación de régimen financiero y presupuestario y facultades de la Intervención General de la Comunidad Autónoma.
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1. El régimen económico-financiero de las agencias públicas autonómicas, en lo no previsto en esta Ley, es el establecido por la legislación de régimen financiero y presupuestario de la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. En particular, corresponde a la Intervención General de la Comunidad Autónoma, en los términos establecidos por la legislación mencionada en el apartado anterior:
Establecer los criterios que precise la aplicación de la normativa contable a las agencias públicas autonómicas.
Ejercer el control interno de la actividad económico-financiera de las agencias públicas autonómicas.
