Articulo 85 Organización ... Andalucía

Articulo 85 Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía

Ver Indice
»

Artículo 85.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El ingreso en los cuerpos de funcionarios de la Cámara de Cuentas se produce por nombramiento de la persona titular de la Presidencia, previa superación de un proceso selectivo público mediante oposición, concurso o concurso-oposición.

2. Se pueden celebrar procesos selectivos, mediante concurso-oposición, dirigidos a la promoción interna de los funcionarios que ya pertenecen a cuerpos de la Cámara para su ingreso en un cuerpo del grupo inmediato superior al que pertenecen o en otro cuerpo del mismo grupo.

3. Igualmente, se pueden realizar convocatorias para celebrar procesos selectivos, mediante concurso-oposición, para el ingreso en cuerpos de la Cámara por parte de funcionarios de cuerpos del mismo grupo pertenecientes a otras Administraciones que reúnan los requisitos de formación y experiencia que determine la Comisión de Gobierno.

4. En todos los casos anteriores, el nombramiento se perfecciona con la toma de posesión por parte del interesado.