Articulo 85 Reglamento Ge...sostenible

Articulo 85 Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible

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Artículo 85. Documentación para la tramitación de la calificación rústica.

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La solicitud de calificación rústica deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

1. Proyecto básico, firmado por personal técnico competente, que deberá contener:

a) Memoria, en la que deberá justificarse expresamente su adecuación a la legalidad vigente, incluido el planeamiento territorial y urbanístico en vigor, así como la inexistencia de riesgo de formación de nuevo tejido urbano. Descripción y justificación de la inversión a realizar.

b) Plano de situación de la parcela, a escala mínima 1:10.000, respecto a alguno de los planos del planeamiento vigente.

c) Plano de emplazamiento, georreferenciado, en el que se represente la parcela y el conjunto de instalaciones, obras o edificaciones. Se deberá entregar además, una representación gráfica georreferenciada de la envolvente poligonal de todos los elementos significativos a materializar sobre el terreno y del área del suelo vinculada a la calificación en un archivo digital editable.

d) Planos de planta, alzado y secciones, acotados, de las edificaciones, construcciones o instalaciones proyectadas y existentes, donde pueda comprobarse la superficie ocupada y construida, las alturas y número de plantas.

2. Documentación acreditativa del resultado de la evaluación ambiental, cuando proceda.

3. Estudio de integración paisajística, que deberá contener, en coherencia con el tipo de actuación de que se trate y el paisaje donde se ubique:

a) La descripción de la actuación, su localización e implantación en el entorno, con la correspondiente documentación gráfica.

b) El análisis de las distintas alternativas consideradas, y una justificación de la solución propuesta.

c) Las medidas de integración paisajística necesarias para evitar, reducir o corregir los impactos paisajísticos y visuales identificados.