Articulo 85 TR de las Disposiciones Legales de Baleares en materia de tributos cedidos por el Estado
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Articulo 85 TR. de las Disposiciones Legales de Baleares en materia de tributos cedidos por el Estado

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Artículo 85. Obligaciones formales de las empresas de subastas y demás entidades que organicen subastas de bienes

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Sin perjuicio del deber general de colaboración establecido en la Ley General Tributaria, las entidades que organicen subastas de bienes estarán obligadas a remitir a la Administración tributaria autonómica, la primera quincena de cada trimestre, una lista de las transmisiones de bienes en las que hayan intervenido, efectuadas durante el trimestre anterior. Esta lista deberá comprender los datos de identificación del transmitente y del adquirente, la fecha de la transmisión, una descripción del bien subastado y el precio final de adjudicación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-06-2014 en vigor desde 08-06-2014