Articulo 86 Administración
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»Artículo 86. Derecho de acceso a la información pública.
Vigente
La ciudadanía tiene derecho a acceder a la información pública, archivos y registros en los términos y con las condiciones establecidas en la Constitución, en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, en la Ley de Transparencia Pública de Andalucía y demás que resulten de aplicación.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
(BOJA de 30-06-2014) en vigor desde 30-06-2015