Articulo 86 se aprueba el TR. de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña
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»Artículo 86. Objeto de la Ley de organización comarcal.
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La Ley de la organización comarcal de Cataluña tiene que regular:
Los límites territoriales, la denominación y la capitalidad de las comarcas, y también las modificaciones que puedan corresponder.
Los órganos de gobierno y de administración de la comarca y su forma de elección.
Las competencias comarcales.
La iniciativa legislativa comarcal ante el Parlamento de Cataluña.
El régimen económico y financiero de las comarcas.
