Artículo 86. DECRETO 91/2026, de 12 de junio, C. Valenciana, Reglamento de festejos tradicionales de bous al carrer
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»Artículo 86. Reconocimiento y protección.
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1. La Generalitat reconoce a los festejos tradicionales de bous al carrer que se celebran en el territorio de la Comunitat Valenciana como una seña de identidad del pueblo valenciano y como un elemento característico y definidor de las celebraciones y de los eventos populares propios.
2. La Generalitat y las administraciones locales velarán por el normal desarrollo, protección y adecuada imagen de los festejos tradicionales de bous al carrer y efectuarán, por sí o en colaboración con las asociaciones, organizaciones, colectivos o instituciones vinculadas a este sector, las acciones o actuaciones que sean precisas para la consolidación, implantación, expansión y cívica evolución de la fiesta.
