Articulo 86 Derechos y garantías de la Infancia y la adolescencia
Artículo 86. Difusión, formación e información
1. Las administraciones públicas valencianas desarrollarán actuaciones accesibles e inclusivas de información y capacitación dirigidas a niños, niñas y adolescentes, con el objeto de que conozcan sus derechos y los medios para reivindicarlos, defenderlos y ejercerlos.
2. La Generalitat elaborará un documento divulgativo, en lenguaje accesible y formato amigable, de la presente ley y de las normas autonómicas con mayor incidencia en los derechos de la infancia y la adolescencia y les dará la difusión necesaria para que sus titulares puedan conocerlos y ejercerlos.
3. La Generalitat y las administraciones locales de la Comunitat Valenciana, con la participación de los niños, niñas y adolescentes, divulgarán los derechos de la infancia y la adolescencia y sensibilizarán a la ciudadanía para favorecer su implantación efectiva.
- Texto Original. Publicado el 24-12-2018 en vigor desde 25-12-2018