Articulo 86 Marco regulat...es locales

Articulo 86 Marco regulatorio contable de las entidades locales

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Artículo 86.-Devolución de depósitos y fianzas constituidos.

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Se incluye en este artículo los ingresos procedentes del reintegro de depósitos o fianzas efectuado por la entidad. A nivel de concepto se diferenciará entre depósitos y fianzas y a nivel de subconcepto los constituidos por plazo igual o inferior a 12 meses.