Articulo 86 Medidas fiscales y administrativas 2014 de Galicia
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»Artículo 86. Colaboración en el ámbito de la prestación de servicios sociales a través de la Agencia Gallega de Servicios Sociales
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado (86 (se deroga)) por LEY 2/2017, de 8 de febrero, de medidas fiscales, administrativas y de ordenación.
(G de 09-02-2017) en vigor desde 10-02-2017
