Articulo 86 Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico
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Artículo 86. Principios generales de actuación.

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1. Las entidades que integran el sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón están sometidas en su actuación a los principios de legalidad, eficiencia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, así como a los principios de integridad y transparencia en su gestión. En particular, se sujetarán en materia de personal, incluido el laboral propio de la entidad, a las limitaciones previstas en la normativa presupuestaria y en las previsiones anuales de los presupuestos generales.

2. El Gobierno de Aragón deberá establecer un sistema de supervisión continua de sus entidades dependientes, con el objeto de comprobar la subsistencia de los motivos que justificaron su creación y su sostenibilidad financiera, y que deberá incluir la formulación expresa de propuestas de mantenimiento, transformación o extinción.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-07-2021 en vigor desde 02-10-2021