Articulo 86 Prestaciones sociales de carácter económico de I. Balears -Derogado-
- Norma derogada de forma reiterada por la Ley 4/2023, de 27 de febrero. - Ley 4/2023, de 27 de febrero, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears
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»Artículo 86. Régimen de compatibilidad
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Esta prestación es complementaria y compatible con todas las prestaciones sociales de carácter económico que define este Decreto ley, así como con el resto de prestaciones o pensiones públicas, excepto que la legislación reguladora de las mismas establezca su incompatibilidad.
