Articulo 86 Reforma del Estatuto de Autonomia de Aragon
Articulo 86 Reforma del E... de Aragon

Articulo 86 Reforma del Estatuto de Autonomia de Aragon

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 86. El Consejo local de Aragón.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El Consejo local de Aragón es el órgano de colaboración y coordinación entre el Gobierno de Aragón y las asociaciones representativas de las entidades locales aragonesas. El Consejo debe ser oído en las iniciativas legislativas y en la tramitación de planes y normas reglamentarias que afecten de forma específica a los gobiernos locales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-04-2007 en vigor desde 23-04-2007