Articulo 86 TR de disposiciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo
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Articulo 86 TR. de disposiciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo

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Artículo 86. Aprobación inicial e información pública de los Planes Generales de Ordenación.

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1. Una vez formulado un Plan General de Ordenación, el Ayuntamiento lo aprobará inicialmente y acordará su sometimiento a información pública.

2. La información pública tendrá una duración mínima de dos meses, será anunciada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y, al menos, uno de los periódicos de mayor difusión en la Comunidad Autónoma y se tramitará de acuerdo con lo que dispongan las normas reglamentarias aplicables.

3. De forma simultánea a la información pública, se realizarán los trámites de audiencia y de solicitud de informes que sean preceptivos conforme a la normativa sectorial y no sean exigibles con carácter previo a la aprobación inicial. Transcurridos los respectivos plazos, se podrá continuar la tramitación del procedimiento, salvo previsión expresa en contrario.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-04-2004 en vigor desde 28-04-2004