Articulo 86 TR del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas
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Articulo 86 TR. del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas

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Artículo 86.

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El número, clase y retribuciones del personal eventual habrán de figurar en los Presupuestos de cada una de las Administraciones Públicas de Navarra.

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  • Texto Original. Publicado el 01-09-1993 en vigor desde 01-09-1993