Articulo 86 TR de la Ley del Patrimonio
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Articulo 86 TR. de la Ley del Patrimonio

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Artículo 86. Concepto.

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La afectación determina la vinculación de los bienes y derechos del patrimonio de Aragón a un uso general o a un servicio público, y su consiguiente integración en el dominio público.