Articulo 87 Cajas de Ahorros de Madrid
Ver Indice
»Artículo 87. Sanciones a la entidad por la comisión de infracciones leves.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Por la comisión de infracciones leves se impondrá a la Caja de Ahorros una de las siguientes sanciones:
a) Amonestación privada.
b) Multa por importe de hasta 60.000 euros.
