Articulo 87 Forestal y de...Naturaleza

Articulo 87 Forestal y de Protección de la Naturaleza

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Artículo 87. Ordenación del recreo.

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Los Proyectos de Ordenación de los montes con interés recreativo habrán de considerar expresamente la planificación, tanto referida al medio como a las actividades, del uso recreativo de los mismos.