Articulo 87 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organ...neralitat Valenciana
Articulo 87 Medidas fisca...Valenciana

Articulo 87 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat Valenciana

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Artículo 87

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Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 6 del Decreto ley 6/2017, de 1 de diciembre, del Consell, para la constitución de dos fondos sin personalidad jurídica para la gestión de los instrumentos financieros de los programas operativos FEDER y FSE de la Comunitat Valenciana, que quedan redactados como sigue:

Artículo 6. Institut Valencià de Finances

1. Se designa al Institut Valencià de Finances (IVF) como organismo gestor del Fondo para la gestión de los instrumentos financieros de los programas operativos FSE de la Comunitat Valenciana destinados la creación y concesión de instrumentos financieros, al amparo de lo establecido en el artículo 38.4.b.iii del Reglamento (UE) núm. 1303/2013. El IVF podrá confiar parte de la ejecución de los instrumentos a intermediarios financieros.

2. La Generalitat, representada por la Dirección General competente en materia de fondos europeos, y el IVF, acordarán una estructura de gobernanza adecuada para garantizar la correcta ejecución de los instrumentos financieros y la utilización de fondos europeos conforme a la normativa europea de aplicación y a las prioridades de inversión definidas en cada uno de los programas operativos FSE , que se regulará en el acuerdo de financiación al que se refiere el artículo 4 de este decreto ley.

En el marco de dicha estructura de gobernanza, en el acuerdo de financiación se deberá prever la constitución y regulación de un consejo ejecutivo, en cuanto órgano superior de gobierno y de coordinación del Fondo, con representación de las consellerias competentes en materia de hacienda y de las materias relacionadas con las finalidades del Fondo y del IVF.

[…].